EXÓGENA AG 2024-FORMATOS

Para la información exógena del año gravable 2024 que se presenta en 2025, la Dirección de Impuestos emitió la resolución numero 000162 del 31 de octubre del 2023, ésta fue modificada por la resolución 000188 el 30 de octubre del 2024.

https://normograma.dian.gov.co/dian/compilacion/docs/pdf/resolucion_dian_0162_2023.pdf

Allí se realizan cambios que no se habían manejado años anteriores, en el articulo 1 donde menciona los obligados, ya no se usan letras del abecedario a,b,c, si no números :

  1. Las personas naturales y sus asimiladas que durante el año gravable a reportar o el año gravable inmediatamente anterior hayan obtenido ingresos brutos superiores a once mil ochocientas (11.800) Unidades de Valor Tributario (UVT) (equivalentes al año gravable referido) y que la suma de los ingresos brutos obtenidos por rentas capital y/o rentas no laborales durante el año gravable a reportar superen los dos mil cuatrocientos (2.400) Unidades de Valor Tributario (UVT). Los contribuyentes personas naturales del régimen simple de tributación – SIMPLE que durante el año a reportar o el año gravable inmediatamente anterior, hayan obtenido ingresos brutos superiores a once mil ochocientas (11.800) Unidades de Valor Tributario (UVT) (equivalentes al año gravable referido), sin considerar el tipo de ingreso.

En pesos con la UVT del 2024 son $555.367.000 en ingresos brutos y $112.956.000 en rentas de capital y/o no laborales, para Personas naturales.

  1. Las personas jurídicas y sus asimiladas y demás entidades públicas y privadas que en el año gravable a reportar o el año gravable inmediatamente anterior, hayan obtenido ingresos brutos superiores a dos mil cuatrocientas (2.400) Unidades de Valor Tributario (UVT) (equivalentes al año gravable referido).

En pesos con la UVT del 2024 son $112.956.000 para personas jurídicas.

Si la persona natural o jurídica no supera esos ingresos, debe revisar el numeral 6:

6. Las personas naturales y sus asimiladas, las personas jurídicas y sus asimiladas, entidades públicas y privadas y demás obligados a practicar retenciones y/o autorretenciones en la fuente, impuesto sobre las ventas (IVA) y/o Timbre, durante el año gravable a reportar.

Para ayudarte, tenemos un listado de formatos que dependiendo al numeral que le corresponde, le aplicarán los formatos exigidos.

Ya teniendo la lista de formatos que le aplica, puedes armar la información en cada formato, en la siguiente plantilla están los modelos.

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